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Documentos de Voluntad Anticipada (VA)

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¿QUÉ SON LAS VOLUNTADES ANTICIPADAS (VA)?
 

La Voluntad Anticipada es una declaración realizada por una persona capaz que consciente y libremente, expresa las preferencias personales, emocionales y espirituales en cuanto al cuidado, el tratamiento que quiere recibir en situaciones sanitarias complejas, los ritos funerarios que le hagan sentido y legado.

Los documentos permiten reflexionar, expresar y luego dejar por escrito los deseos en relación al trato y atención que quiere recibir una persona en caso de perder la capacidad para comunicarse. Este funciona como una guía para que las personas asignadas como responsables puedan llevar a cabo estas voluntades.
 

Si bien en Chile, actualmente no existe una norma que regule las voluntades anticipadas, es decir, no existe una responsabilidad legal en cumplir la voluntad anticipada, las decisiones quedarían en manos de los familiares directos, por lo que contar con este documento puede facilitar la toma de decisiones de las personas a cargo. Se sugiere elegir a una persona como representante para que tome las decisiones frente a la situación de incapacidad de hecho (cuando la persona carece de entendimiento y voluntad suficiente para gobernar su vida de forma autónoma, sin que necesariamente haya resolución judicial de incapacitación). Estos casos pueden ser cuando un paciente se encuentra inconsciente, en coma o dormido con anestesia general.

Puede designar un representante y un sustituto de este representante por si el primero se encontrase ausente o hubiera fallecido. Ambas personas deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Debe ser mayor de 18 años.
- Debe conocer su forma de pensar, sus deseos y sus valores.
- Debe aceptar esta solicitud y estar de acuerdo con respetar y cumplir sus deseos.

 

  ¿CÓMO PUEDE ESTE DOCUMENTO AYUDARLE A USTED Y A SU FAMILIA?
 

La Voluntad Anticipada permite comunicar a su familia, amigos y personal de salud, cómo quiere ser tratado y acompañado. Sus familiares no tendrán que adivinar qué es lo que la persona quiere ante un proceso vinculado a la muerte. De esta manera, se pueden evitar conflictos en la toma de decisiones. Así mismo, conocer los deseos de sus padres, parejas y amigos, les servirá para darles su apoyo y comprender en profundidad lo que su ser querido desea.

Este documento será tenido en cuenta únicamente cuando no tenga capacidad y posibilidades de expresar su voluntad.
 

¿QUIENES PUEDEN REALIZAR UNA VA?
 

Cualquier persona mayor de 18 años, capaz y libre.

Debe entender qué consecuencias va a tener la decisión que está tomando, el médico debe haberle informado sobre su enfermedad y debe conocer los límites legales.
 

Se sugiere que lo realicen de manera proactiva

  • Mayores de 65 años

  • Personas con Enfermedades neurodegenerativas: Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), Esclerosis múltiple, Demencia en fase inicial.

  • Personas con Enfermedades respiratorias: EPOC, Fibrosis Pulmonar.

  • Personas con Enfermedades renales crónicas.

  • Personas con Enfermedades cardiovasculares de alto riesgo.

  • Personas con Enfermedades Oncológicas.

  • Personas con cualquier enfermedad que lleve a un alto grado de dependencia y discapacidad.

  • Personas en situación de fin de vida o pronóstico de vida limitado.
     

Sabemos que no son decisiones fáciles de tomar, por lo que le recomendamos que lo converse en reiteradas oportunidades con sus más cercanos, de esta forma tendrá la oportunidad de conocer lo que es importante y valioso para cada persona. Además es importante que se asesore por un profesional de salud capacitado en el tema, que pueda resolver sus dudas y las de su familia. Es un proceso continuo, dinámico y flexible.

 

¿SE PUEDEN MODIFICAR MIS VOLUNTADES ANTICIPADAS?
 

Sí, en cualquier momento usted podrá modificar, sustituir o revocar sus Voluntades Anticipadas.

Mientras usted tenga capacidad suficiente para comunicar sus preferencias, el personal sanitario tendrá en cuenta lo que usted diga en ese momento, no lo escrito en este documento.

¿MI VOLUNTAD ANTICIPADA TIENE VALIDEZ LEGAL?

A nivel mundial, esta herramienta se discute desde los años noventa en Estados Unidos, estando hoy también aprobada en Australia, Nueva Zelanda, Canadá y Reino Unido. En Latinoamérica, países como Colombia, Uruguay, Argentina y México ya han legislado sobre voluntades anticipadas. Éstos han enfocado su legislación en el documento que contiene las directivas y en el proceso de planificación.

En Chile, actualmente no existe una norma que regule las voluntades anticipadas, pero se discute en la cámara del senado un proyecto de “ley de eutanasia o muerte digna” que sí abordaría las VA. Esto quiere decir que estos documentos no son vinculantes, por lo que no existe una responsabilidad legal en cumplir tu voluntad.

Leyes Chilenas relacionadas:
Ley 20.584 de Derechos y Deberes de los pacientes.
Ley 21.375 de Cuidados Paliativos Universales.

MODELOS DE VOLUNTAD ANTICIPADA

A continuación podrás encontrar nuestros modelos de Voluntad Anticipada en formato impreso y digital. El documento impreso incluye voluntad ante contexto de enfermedad, ritos funerario y mensaje póstumo. La versión digital incluye aspectos prácticos, éticos, legales, cuidados en el final de la vida, tratamientos, ritos y legado. 

Cualquier duda o comentario, no dudes en contactarnos.

Versión Impresa

Versión digital

Revisa nuestro modelo de Voluntad Anticipada digital, el cual contiene muchos más detalles para elegir en contextos de cuidado, tratamiento médico, ritos y servicios funerarios.
Este podrás almacenarlo y modificarlo cuando quieras.

Le enviaremos una copia a las personas que designes como responsables. Procura hacerles saber la existencia de este documento para cuando sea el momento.

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